martes, 19 de enero de 2016
Las aseguradoras no registradas

por Alonso Nuñez del Prado

Recuerdo que hace más de treinta años –mientras cursaba mi MBA y hacía una especie de práctica en el Departamento Internacional de Cigna– me sorprendió en Nueva York comprobar que las aseguradoras y reaseguradoras extranjeras no registradas en el Estado podían libremente vender seguros sin ninguna restricción. Su única obligación era informar que, efectivamente, no estaban registradas y entonces el cliente podía tomar su decisión comprándoles o no y asumiendo un cierto nivel de riesgo, ya que no estaban supervisadas por el Departamento de Seguros del Estado. Como es obvio, estas aseguradoras estaban supervisadas, como en todo el mundo, por la entidad competente de sus respectivos países, muchas veces tan o más eficiente que el neoyorquino que es uno de los más exigentes en los Estados Unidos. También se daba el caso de aseguradoras domiciliadas en paraísos fiscales cuya supervisión no era la ideal; pero todo esto lo sabía el cliente y tomaba su decisión y asumía los riesgos inherentes al caso.
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